El presupuesto municipal reviste de una alta importancia para el cumplimiento de los fines encomendados a las municipalidades en la Constitución Política y en las leyes aplicables al ámbito municipal, al ser el instrumento que permite gestionar de una forma eficaz, la prestación de los bienes y servicios comunales y atender los requerimientos institucionales. Implica una proyección de los recursos necesarios para alcanzar los objetivos y metas de los programas presupuestarios establecidos en pro del desarrollo económico y social de la comunidad.

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Funciones y/o procedimientos proceso presupuestario

  • Formulación: requiere la programación presupuestaria y estimación de los ingresos y gastos anuales, conforme los principios presupuestarios aplicables para garantizar la asignación óptima de los recursos atendiendo la planificación y necesidades institucionales y de la comunidad.
  • Aprobación: incluye el análisis y discusión de la viabilidad técnica, legal y administrativa del presupuesto, y coordinación para el debido acto de aprobación por parte del Concejo Municipal, así como la remisión a la Contraloría General de la República.
  • Ejecución: comprende las diferentes actividades y operaciones administrativo-financieras que se realizan para lograr la recaudación de los recursos estimados en el presupuesto, y la correspondiente ejecución de los gastos en la adquisición de bienes y servicios para el cumplimiento eficiente de las metas conforme la planificación institucional.
  • Control: demanda distintas prácticas de control para la medición del cumplimiento de lo programado y desviaciones en la ejecución del presupuesto, en concordancia con los límites financieros y físicos definidos en el presupuesto aprobado y plan anual operativo.
  • Evaluación: considera el análisis y valoración objetiva y oportuna de los resultados físicos y financieros de la administración de los ingresos y la ejecución presupuestaria, con el propósito de generar información pertinente para la toma de decisiones y ejecución de acciones correctivas.

Normativa básica aplicable

  • Constitución Política, arts.175,176 y 184
  • Ley Orgánica de la Contraloría General de la Republica, No.7428, art.18
  • Código Municipal, Ley No.7794, art.13 y 17 y Título IV Hacienda Municipal
  • Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, No.8131, art.1 inciso d)
  • Lineamientos generales sobre la planificación del Desarrollo Local
  • Normas Técnicas sobre Presupuesto Público

Contacto

Lcda. Mery Araya Molina

Para consultas se puede comunicar al teléfono 2534-8310 Ext.3 o al correo electrónico: contabilidad@cmdcervantes.go.cr